Reglamento de Participante
Aprobado por el Consejo Directivo del Instituto de Formación e Investigación Científica Asoc-Ayuda (IFICA), en sesión Ordinaria Nº 04 de Fecha 09 de Junio de 2017.
CAPITULO I: DE LAS DISPOSICIONES
ARTÍCULO 1: El presente reglamento tiene como objeto establecer normas generales para los programas de diplomados organizados por el Instituto de Formación e Investigación Científica Asoc-Ayuda (IFICA) y del Participante. Los estudios que se ofrezcan y todas sus actividades deberán basarse en los principios de calidad, eficiencia, eficacia, equidad de género, especialización, imparcialidad, integridad, legalidad, objetividad y transparencia.
ARTÍCULO 2: Para el contenido de este reglamento del participante se entenderá por:
- Participante: Quien sea admitido por IFICA para realizar el diplomado a través de los programas E-Learning y Aula Virtual
- Aula Virtual: Modalidad de estudio a distancia a través de un espacio electrónico en el cual los tutores y participantes del Instituto se encuentran para realizar actividades que conducen al aprendizaje según el área de elección del participante, de forma sincrónica y asincrónica, en tiempo real, y no presencial utilizando, indefectiblemente los medios tecnológicos.
- Tutor: Profesional que a través de los medios tecnológicos, establece y sostiene una comunicación permanente y fluida con los participantes asignados y con las autoridades académicas del programa para el buen desarrollo del proceso de
- Herramientas Sincrónicas: Son aquellas que se realizan de manera simultánea al mismo tiempo entre el emisor y el receptor como: el chat, video conferencia, audio conferencia, entre otros.
- Herramienta Asincrónica: Se define como una comunicación que no es simultánea entre quien la envía y quien la recibe, es decir, el receptor no necesariamente debe estar conectado en el mismo espacio de tiempo con el emisor, por ejemplo: correos electrónicos, correo de voz, blogs, wikis, herramientas para compartir multimedia (YouTube, Scribe, Slideshare), foros, organizadores gráficos (cmap, Tools, Prezi), mensajes por telefonía móvil, entre otros. En esta comunicación el participante puede ingresar cuando tenga disponibilidad de tiempo, independientemente del ingreso del
- Educación Virtual: Proceso de formación, cuya metodología se caracteriza por la utilización de ambientes de aprendizaje a través de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TICs), y herramientas pedagógicas que permiten generar una dinámica de interacción orientadas al aprendizaje autónomo y abierto; este proceso busca superar la docencia por exposición y el aprendizaje por recepción, así como las barreras espacios-temporales y la limitaciones de la realidad objetiva mediante simulaciones
- E-Learning: Modalidad de estudio a distancia a través de un espacio electrónico en el cual se establece una separación espacio-temporal entre los tutores y los participantes de IFICA, entre los que predomina una comunicación de doble vía asincrónica, que propicia la formación auto educativa mediante la guía de un tutor, utilizando indefectiblemente los medios tecnológicos.
- Componente Virtual: 1) Audios. 2) Videos. 3) Documentos, hojas de cálculo, diapositivas, imágines, entre otros. 4) Enlace a sitios web. 5) Tareas. 6) Foros. 7) Salas de chat. 8) Salas de video
- Matriculación: Se entiende como un registro de determinados datos personales en un archivo, a través de un proceso de completación de requisitos, formularios y aportación de la documentación adecuada con la finalidad de formar parte de la institución educativa como participante.
- Desmatriculación: Se entiende como la desincorporación temporal o definitiva del participante del aula
CAPITULO II: DE LA ADMISIÓN DE LOS PARTICIPANTES
ARTÍCULO 3: Admisión al Diplomados: Es fundamental que los aspirantes a los Diplomados, posean vinculación con el sector productivo, en el ámbito laboral o en el sector académico, es necesario poseer conceptos básicos en el área de conocimiento, dado que, los criterios pedagógicos y la retroalimentación se realizan con términos específicos, siendo fundamental que los participantes estén familiarizados con la temática académica correspondiente a los Diplomados.
ARTÍCULO 4: Proceso de Información Previa a la Inscripción: El participante debe obtener información previa de las necesidades académicas de la formación virtual, impartida por IFICA, y estar de acuerdo con este reglamento antes de realizar su proceso de Inscripción. Consulte en el portal institucional, ingresando a http://www.ifica.com.ve/content/14/Metodologia
ARTÍCULO 5: Proceso de Inscripción de los Diplomados: Es el proceso mediante el cual, el participante ingresa formalmente al programa académico de su interés, para esto se deben cumplir los trámites académicos y administrativos requeridos. Consulte en el portal institucional, ingresando a http://www.ifica.com.ve/content/13/Metodo-de-Inscripcion
Para realizar el proceso de inscripción el participante debe cumplir los siguientes pasos:
PASO 1: Se debe realizar depósito o trasferencia en las cuentas de los bancos designados por la Institución. Ver bancos ingresando al portal http://www.ifica.com.ve/content/16/Metodo-de-Pago
PASO 2: Se debe llenar el formulario Confirmación de Inscripción en línea con sus datos personales.
PASO 3: Se debe consignar los recaudos académicos solicitados por la institución como requisito indispensable para concretar su inscripción. Los cuales deben ser ENVIADOS por correo electrónico escaneados luego de formalizar su inscripción a: institutoifica@gmail.com
- (01) Fotos escaneada de frente tipo
- (01) Copia escaneada de la cédula de identidad o
- (01) Copia escaneada del Título.
- (01) Resumen Curricular (En caso de no poseer titulación profesional o no ser estudiante de los últimos semestres o año de educación superior).
PASO 4: La Dirección de Admisión y Control de Estudio le enviará al participante un correo electrónico de bienvenida a su correo electrónico personal con instrucciones, su usuario y contraseña para ingresar al CAMPUS IFICA y el día programado para iniciar su programa académico.
ARTÍCULO 6: Permanencia en el Aula: La asistencia del participante al Aula Virtual deberá ser de mínimo tres horas y veinte minutos (03:20 min) diarias para el Diplomado, la Coordinación de Soporte de IFICA, guarda la estadística de ingreso individual, en caso del participante que no pueda permanecer en Internet el tiempo requerido, tiene la opción de guardar el contenido de las clases en la computadora.
CAPITULO III: DE LOS DERECHOS Y DEBERES DEL PARTICIPANTE
ARTÍCULO 7: Derechos del Participante: El participante de IFICA tiene los siguientes derechos:
- Analizar, expresar y discutir libremente sus ideas guardando el respeto que merecen las personas y las opiniones
- No ser discriminado por razones sociales, raciales, de género, religiosas, económicas, políticas o de cualquier otra índole.
- Ser miembro de la comunidad académica de IFICA y ser reconocido como
- Recibir trato respetuoso por parte de directivas, personal administrativo, docentes y compañeros de la comunidad académica.
- Recibir una formación integral coherente con la misión, los objetivos y principios institucionales y de acuerdo con las competencias, los perfiles profesionales y ocupacionales definidos en cada
- Acceder a los recursos de apoyo académico disponibles en
- Conocer el resultado de las evaluaciones académicas.
- Presentar, en forma respetuosa y por escrito, solicitudes y reclamos de orden académico o
ARTÍCULO 8: Deberes del Participante: El participante de IFICA tiene los siguientes deberes:
Respetar los principios filosóficos del Instituto de Formación e Investigación Científica Asoc-Ayuda (IFICA), los reglamentos internos y demás disposiciones que emanen de las autoridades académicas.
- Asumir responsablemente su autoformación y aplicar los conocimientos y las competencias adquiridos, con permanente sentido de solidaridad
- Respetar las opiniones y criterios de los demás y permitir su libre expresión.
- Dar trato respetuoso a todas las personas e instituciones vinculadas a la
- Pagar oportunamente el valor de la matrícula establecido por IFICA, así como cumplir con los compromisos de financiamiento acordados y conservar los formularios de pago que hayan sido
- Acatar las sanciones que le sean
- Dar cumplimiento a todas las disposiciones, leyes y normas establecidas por IFICA para la convivencia
CAPITULO IV: DE LA ADMINISTRACIÓN Y PAGOS
ARTÍCULO 9: El participante debe cancelar el valor del diplomado, completo o financiado según sea su preferencia. El valor total del Programa Académico, es aquel que se encuentra publicado en el portal institucional www.ifica.com.ve
ARTÍCULO 10: En caso, que el participante decida no continuar con el programa de diplomado para el que se ha matriculado, no se le devolverá el valor del mismo.
Una vez iniciadas las actividades académicas establecidas en el calendario académico institucional, independientemente si el estudiante ha suscrito o no el contrato de matriculación, IFICA no hará devolución del valor cancelado, por ningún concepto.
ARTÍCULO 11: Cada vez que el participante realice un pago a IFICA, deberá inmediatamente llenar y enviar el formulario de Confirmación de Pago, el cual se encuentra en el portal Web: http://ifica.com.ve/Contacto/pago para que sea reconocido por el sistema.
ARTÍCULO 12: El horario administrativo de IFICA para la atención de los participantes en horario corrido de lunes a viernes 7:00am a 7:00pm.
Cualquier operación administrativa que se haga fuera de este horario se reconocerá al día siguiente.
ARTÍCULO 13: Para trámites externos solicitados por el participante, como lo son: constancia de estudio, entre otros, el participante deberá cancelar costo del arancel administrativo y luego llenar el formulario de Confirmación de Pago con los datos bancarios correspondientes a la transacción. Los soportes que necesite el participante pueden ser enviados por vía electrónica (escaneado); pero sí los requiere impresos tienen un costo adicional de una (1) unidad tributaria por cada documento original.
CAPÍTULO V: DE LOS PRINCIPIOS Y MODALIDADES DE EVALUACIÓN
ARTÍCULO 14: Principios de la Interacción Académica: La relación e interacción entre el participante, tutor y colaboradores del Instituto IFICA; debe efectuarse en términos de respeto, cordialidad y las prácticas de buen comportamiento social, con buenos modales. Los participantes deben manifestar sus inquietudes en forma concreta. Los tutores y personal administrativo adscrito al Instituto IFICA, debe mantener en sus expresiones y actitudes la vocación de servicio.
ARTÍCULO 15: Componentes de Valoración Cuantitativa: La evaluación dentro de cada módulo del CAMPUS VIRTUAL IFICA consiste en una serie herramientas de evaluación, como lo son: a) pruebas con preguntas que pueden ser abiertas, cerradas, o de selección simple y múltiple; en algunos casos el tutor puede optar por una tarea, de un tema visto en clase acerca del contenido de clases finales, entre otros. En este sentido, la nota mínima aprobatoria del programa de diplomado es de quince (15) puntos y la nota máxima es veinte (20) puntos. Cada evaluación posee fechas preestablecidas, en caso de que el participante no pueda presentarlas en las fechas correspondientes perderá la evaluación.
ARTÍCULO 16: Trabajo Final de Investigación (TFI): Todo participante debe entregar un trabajo final de investigación como requisito indispensable para obtener el diploma, el cual debe cumplir con las normas de la guía de Investigación IFICA; de no hacerlo el participante no podrá culminar su formación educativa.
CAPÍTULO VI: DE LAS SANCIONES
ARTÍCULO 17: Régimen de Sanciones: Las sanciones aplicadas a los participantes, se efectuarán toda vez que se compruebe que ha incurrido contundentemente, “en una falta grave”, para el Instituto IFICA o alguno de sus colaboradores, tutores, personal administrativos o directivas, en tal caso el Consejo Directivo de IFICA analizará puntualmente el caso, con apoyo del Departamento Jurídico. Se consideran faltas graves y podrá dar lugar a una desmatriculación definitiva del participante:
- Utilizar términos peyorativos que atenten contra la integridad, de quienes integran el Instituto IFICA, o en contra de la razón social de la Institución y sus
- No acceder al Aula Virtual por más de 30 días, sin que exista reporte alguno, se considera abandono del
- Participantes que suministren información falsa para obtener descuentos, o presentar notas fraudulentas, podrán ser desmatriculados
- Suplantación del participante en cualquier actividad del programa académico, incluyendo evaluaciones, trabajos, chats, actividades generales y/o actividades específicas.
- Incurrir en falso testimonio, con respecto al trato de los profesores, personal administrativo y colaboradores en general de IFICA, observaciones o notas de los programas académicos.
- El intento o la falsificación de la Acreditación correspondiente al Diploma, conferido por IFICA a los participantes, acarreará sanciones penales.
- El participante que ingrese con el ánimo de ejecutar “Espionaje Industrial”, será sujeto de sanciones administrativas por parte de IFICA, podrá ser procesado ante la autoridad correspondiente, según sea el
- Quien incurra en espionaje industrial, es decir: el estudiante que perteneciendo a otra entidad educativa, sea de naturaleza privada o pública, cuyo objeto social corresponda al servicio público educativo en cualquier modalidad, ingrese a IFICA, con el ánimo de obtener información y transmitirla a otra entidad, por motivos de competitividad, implementación, ejecución o plagio; será denunciado legalmente a las autoridades
- Incumplimiento de
- Falta de requisitos académicos.
- Inobservancia de este
Parágrafo Único: El participante sólo se le permitirá un máximo de cuatro
- desmatriculaciones durante el tiempo del programa del diplomado que está cursando, por las cuales tendrá que pagar un 5% adicional del valor total del diplomado por gastos administrativos cada vez que sea desmatriculado del
ARTÍCULO 18: Receso Académico Sancionado: Los participantes que se encuentren matriculados y cursando el programa académico específico, e incurran en abandono por más de 15 días del programa académico automáticamente adoptarán un estado de Participante Inactivo; pero tendrán una sola oportunidad de ingresar nuevamente al curso mediante un proceso de reingreso.
Parágrafo Único: [Penalización] El reingreso al Diplomado o Curso, debe hacerse previa cancelación del 50% del valor total del Programa Académico. (Sin excepción).
ARTÍCULO 19: Se Considera Inactivo a un Participante Cuando: Incurre en las siguientes faltas al cronograma de actividades académicas:
- Voluntariamente solicita congelación de su matrícula al programa académico, mediante notificación escrita a admision@ifica.com.ve
- Cuando el Consejo Directivo de IFICA, por solicitud del Tutor titular o el Tutor del Aula Virtual, decide desmatricularlo por causa justificada, como las descritas en el Régimen de Sanciones Artículo
- Cuando el Participante abandona durante treinta (30) días, el ingreso al Aula Virtual del Programa Académico, sin perjuicio del módulo en el que se encuentre el Programa del
- Si el participante no asiste, en ningún momento al programa académico, será contactado por la Dirección de Admisión y Control de Estudio, a los treinta (30) días siguientes a la fecha de la Inscripción de el Participante, se le informará de la penalización administrativa del 50% del costo total del diplomado que debe pagar por el
- Si el participante presenta hasta 04 desmatriculaciones durante el curso, se considera causa suficiente para ser desmatriculado automática y
- Si el participante no entrega el trabajo final de investigación en la fecha indicada en el cronograma académico del programa cursado, quedará inactivo hasta pagar una sanción administrativa del 50% del costo total del diplomado para su reingreso y quedara a consideración de Consejo Directivo el plazo de
Parágrafo Único: El participante que por cualquier motivo desee congelar su matrícula del programa académico tendrá que cancelar el costo total del diplomado; y se le dará un plazo de hasta dos (02) meses a partir de la fecha de congelación para volver a incorporarse al diplomado.
CAPÍTULO VII: DE LAS ACREDITACIONES NACIONALES Y EXTRANJERAS
ARTÍCULO 20: Acreditaciones en Venezuela: Las Acreditaciones emitidas por IFICA poseen las siguientes características jurídicas:
- La cantidad máxima de los programas académicos es de 200 horas académicas, por área de
- El aval se otorga de acuerdo a las especificaciones del Instituto de Formación e Investigación Científica Asoc-Ayuda (IFICA), debidamente
- El Diploma se le confiere al participante que ha culminado satisfactoriamente el programa académico cursado y haber cancelado el arancel de diplomatura tal como lo establece el portal de
ARTÍCULO 21: Acreditaciones Internacionales: Los trámites de la Acreditación Internacional, están a cargo de la Dirección de Admisión y Control de Estudio de IFICA.